Impacto de la ordenanza madrileña en plazos ITE e IEE
La inspección técnica de edificios (ITE) e inspección de evaluación energética (IEE) se han convertido en trámites imprescindibles para garantizar la seguridad, el buen estado y la eficiencia de los inmuebles en el municipio de Madrid. Con la reciente aprobación de una ordenanza municipal que modifica plazos y requisitos, propietarios, comunidades de vecinos y profesionales del sector inmobiliario deben adaptarse a un nuevo calendario de actuaciones. En este artículo analizaremos el alcance de estos cambios, sus implicaciones prácticas y las recomendaciones para enfrentarlos con éxito.
Contexto y objetivos de la nueva ordenanza
La ordenanza madrileña nace con la intención de fomentar un parque edificado más seguro y sostenible, alineado con los objetivos ambientales europeos y con la normativa autonómica.
- Reducir riesgos estructurales y de habitabilidad.
- Mejorar la eficiencia energética y reducir la huella de carbono.
- Homogeneizar y agilizar los plazos de inspección para todo tipo de inmuebles.
¿Qué es la ITE?
La Inspección Técnica de Edificios (ITE) evalúa el estado de elementos como fachadas, tejados, forjados, bajantes y accesibilidad, asegurando que no existen daños graves que comprometan la integridad estructural o la seguridad de los usuarios. Su periodicidad y alcance varían según la tipología y la antigüedad del edificio.
¿Qué es la IEE?
La Inspección de Evaluación Energética (IEE) analiza el comportamiento energético de la envolvente y las instalaciones térmicas. No se limita a valorar la etiqueta energética, sino que propone mejoras concretas para optimizar el consumo de climatización, agua caliente y alumbrado, contribuyendo a reducir costes y emisiones.
Principales cambios en los plazos
La ordenanza introduce modificaciones sustanciales en el calendario de presentación y realización de ambas inspecciones.
Fechas clave
- A partir de enero de 2025, todos los edificios de más de 50 años deberán presentar la ITE en un plazo máximo de 3 meses tras el requerimiento municipal.
- Para los inmuebles construidos entre 30 y 50 años, el plazo será de 6 meses.
- Las IEE, hasta ahora voluntarias para muchos bloques de viviendas, pasan a ser obligatorias para edificios de uso residencial colectivo de más de 10 viviendas con fecha de construcción anterior a 2007. El plazo para su realización será de 9 meses a contar desde la notificación.
Dependiendo de la antigüedad de los edificios
- Más de 80 años: inspección urgente (plazo de 2 meses).
- 50–80 años: plazo de 3 meses (ITE) y 9 meses (IEE, si procede).
- 30–50 años: plazo de 6 meses (ITE) y 12 meses (IEE).
- Menos de 30 años: quedan exentos de la ITE durante los primeros 30 años, pero la IEE es obligatoria para bloques de más de 10 viviendas antes de 2007.
Impacto en propietarios y comunidades
Los cambios propuestos suponen ajustes en la organización interna de las comunidades y un mayor esfuerzo presupuestario en un plazo más breve.
Ventajas y retos
- Detección precoz de patologías antes de que se conviertan en reparaciones mayores.
- Mejora del valor de mercado del edificio gracias a una etiqueta energética más alta.
- Alineamiento con subvenciones y ayudas estatales para rehabilitación.
- Necesidad de contar con técnicos especializados antes de los requerimientos municipales.
- Coordinación de acuerdos en junta de propietarios para contratar servicios y ejecutar obras.
- Gestión de posibles conflictos internos por la distribución de gastos.
Casos prácticos
Ejemplo 1: Edificio en Chamartín (construido en 1965) La comunidad recibió la notificación en febrero de 2025. Con el plazo de 3 meses para la ITE, convocó junta extraordinaria y contrató un arquitecto para inspección. Tras el informe, aparecieron fisuras en la fachada y falta de aislamiento. En junio se adjudicaron las obras de reparación y mejora de envolvente térmica, que se ejecutaron durante el verano, aprovechando subvenciones municipales.
Ejemplo 2: Bloque de viviendas en Carabanchel (1960–1970) Con la IEE obligatoria, la comunidad retrasó inicialmente la contratación por falta de información. Al notificarse el requerimiento en marzo de 2025, solo tuvieron 9 meses. Con ayuda de una gestoría especializada, tramitaron ayudas de la Comunidad de Madrid para cambio de calderas y mejora de ventanas, reduciendo un 25 % el coste total.
Recomendaciones para afrontar los nuevos plazos
Para cumplir con la ordenanza sin sobrecostes ni sanciones, conviene planificar con antelación y contar con asesoramiento adecuado.
Planificación y asesoramiento técnico
- Revisar el año de construcción oficial y cotejarlo con el catastro.
- Contactar con arquitectos, aparejadores o ingenieros antes de recibir el requerimiento.
- Solicitar varios presupuestos para la inspección y posibles obras.
- Convocar juntas con suficiente antelación para aprobar servicios y gastos.
Recursos y ayudas disponibles
- Subvenciones de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento para rehabilitación energética.
- Bonificaciones en el IBI por inversiones en eficiencia energética.
- Programas de financiación a bajo interés destinados a comunidades de propietarios.
Conclusión
La ordenanza madrileña sobre plazos de ITE e IEE plantea un reto de organización y financiación para particulares y comunidades de vecinos, pero también una oportunidad para modernizar el parque edificado, garantizar su seguridad y reducir costes energéticos a largo plazo. La clave del éxito reside en la previsión: conocer bien los plazos según la antigüedad, contar con técnicos especializados y aprovechar las subvenciones existentes. Si aún no has revisado la fecha de tu próxima inspección, anota en tu agenda la franja aplicable y comienza a recabar presupuestos. De esta manera, no solo cumplirás con la normativa, sino que contribuirás a elevar el confort y el valor de tu vivienda.

