Impacto de la ordenanza madrileña en plazos ITE e IEE

La inspección técnica de edificios (ITE) e inspección de evaluación energética (IEE) se han convertido en trámites imprescindibles para garantizar la seguridad, el buen estado y la eficiencia de los inmuebles en el municipio de Madrid. Con la reciente aprobación de una ordenanza municipal que modifica plazos y requisitos, propietarios, comunidades de vecinos y profesionales del sector inmobiliario deben adaptarse a un nuevo calendario de actuaciones. En este artículo analizaremos el alcance de estos cambios, sus implicaciones prácticas y las recomendaciones para enfrentarlos con éxito.

Contexto y objetivos de la nueva ordenanza

La ordenanza madrileña nace con la intención de fomentar un parque edificado más seguro y sostenible, alineado con los objetivos ambientales europeos y con la normativa autonómica.

  • Reducir riesgos estructurales y de habitabilidad.
  • Mejorar la eficiencia energética y reducir la huella de carbono.
  • Homogeneizar y agilizar los plazos de inspección para todo tipo de inmuebles.

¿Qué es la ITE?

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) evalúa el estado de elementos como fachadas, tejados, forjados, bajantes y accesibilidad, asegurando que no existen daños graves que comprometan la integridad estructural o la seguridad de los usuarios. Su periodicidad y alcance varían según la tipología y la antigüedad del edificio.

¿Qué es la IEE?

La Inspección de Evaluación Energética (IEE) analiza el comportamiento energético de la envolvente y las instalaciones térmicas. No se limita a valorar la etiqueta energética, sino que propone mejoras concretas para optimizar el consumo de climatización, agua caliente y alumbrado, contribuyendo a reducir costes y emisiones.

Principales cambios en los plazos

La ordenanza introduce modificaciones sustanciales en el calendario de presentación y realización de ambas inspecciones.

Fechas clave

  • A partir de enero de 2025, todos los edificios de más de 50 años deberán presentar la ITE en un plazo máximo de 3 meses tras el requerimiento municipal.
  • Para los inmuebles construidos entre 30 y 50 años, el plazo será de 6 meses.
  • Las IEE, hasta ahora voluntarias para muchos bloques de viviendas, pasan a ser obligatorias para edificios de uso residencial colectivo de más de 10 viviendas con fecha de construcción anterior a 2007. El plazo para su realización será de 9 meses a contar desde la notificación.

Dependiendo de la antigüedad de los edificios

  1. Más de 80 años: inspección urgente (plazo de 2 meses).
  2. 50–80 años: plazo de 3 meses (ITE) y 9 meses (IEE, si procede).
  3. 30–50 años: plazo de 6 meses (ITE) y 12 meses (IEE).
  4. Menos de 30 años: quedan exentos de la ITE durante los primeros 30 años, pero la IEE es obligatoria para bloques de más de 10 viviendas antes de 2007.

Impacto en propietarios y comunidades

Los cambios propuestos suponen ajustes en la organización interna de las comunidades y un mayor esfuerzo presupuestario en un plazo más breve.

Ventajas y retos

  • Detección precoz de patologías antes de que se conviertan en reparaciones mayores.
  • Mejora del valor de mercado del edificio gracias a una etiqueta energética más alta.
  • Alineamiento con subvenciones y ayudas estatales para rehabilitación.
  • Necesidad de contar con técnicos especializados antes de los requerimientos municipales.
  • Coordinación de acuerdos en junta de propietarios para contratar servicios y ejecutar obras.
  • Gestión de posibles conflictos internos por la distribución de gastos.

Casos prácticos

Ejemplo 1: Edificio en Chamartín (construido en 1965) La comunidad recibió la notificación en febrero de 2025. Con el plazo de 3 meses para la ITE, convocó junta extraordinaria y contrató un arquitecto para inspección. Tras el informe, aparecieron fisuras en la fachada y falta de aislamiento. En junio se adjudicaron las obras de reparación y mejora de envolvente térmica, que se ejecutaron durante el verano, aprovechando subvenciones municipales.

Ejemplo 2: Bloque de viviendas en Carabanchel (1960–1970) Con la IEE obligatoria, la comunidad retrasó inicialmente la contratación por falta de información. Al notificarse el requerimiento en marzo de 2025, solo tuvieron 9 meses. Con ayuda de una gestoría especializada, tramitaron ayudas de la Comunidad de Madrid para cambio de calderas y mejora de ventanas, reduciendo un 25 % el coste total.

Recomendaciones para afrontar los nuevos plazos

Para cumplir con la ordenanza sin sobrecostes ni sanciones, conviene planificar con antelación y contar con asesoramiento adecuado.

Planificación y asesoramiento técnico

  1. Revisar el año de construcción oficial y cotejarlo con el catastro.
  2. Contactar con arquitectos, aparejadores o ingenieros antes de recibir el requerimiento.
  3. Solicitar varios presupuestos para la inspección y posibles obras.
  4. Convocar juntas con suficiente antelación para aprobar servicios y gastos.

Recursos y ayudas disponibles

  • Subvenciones de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento para rehabilitación energética.
  • Bonificaciones en el IBI por inversiones en eficiencia energética.
  • Programas de financiación a bajo interés destinados a comunidades de propietarios.

Conclusión

La ordenanza madrileña sobre plazos de ITE e IEE plantea un reto de organización y financiación para particulares y comunidades de vecinos, pero también una oportunidad para modernizar el parque edificado, garantizar su seguridad y reducir costes energéticos a largo plazo. La clave del éxito reside en la previsión: conocer bien los plazos según la antigüedad, contar con técnicos especializados y aprovechar las subvenciones existentes. Si aún no has revisado la fecha de tu próxima inspección, anota en tu agenda la franja aplicable y comienza a recabar presupuestos. De esta manera, no solo cumplirás con la normativa, sino que contribuirás a elevar el confort y el valor de tu vivienda.