Procedimiento, Plazos y Sanciones ITE / IEE
La Inspección Técnica de Edificios (ITE) y el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) son trámites obligatorios para garantizar la seguridad y conservación de los inmuebles. Sin embargo, muchos propietarios desconocen cuándo deben pasarla, cómo se realiza el proceso, y qué sanciones pueden aplicarse si no se cumple.
En Obrados.es, empresa especializada en ITE e IEE en Madrid, resolvemos todas las dudas más frecuentes sobre plazos, procedimientos, notificaciones y posibles multas. Conocer esta información te permitirá evitar sanciones y mantener tu edificio totalmente en regla.
FAQ Procedimiento, Plazos y Sanciones ITE / IEE
– Contratar a un técnico habilitado.
– Realizar la inspección visual del edificio.
– Elaborar el informe técnico.
– Entregarlo al Ayuntamiento.
– Si es favorable, se registra; si es desfavorable, se exigen obras y un nuevo informe.
El propietario único o, en el caso de comunidades, el presidente o administrador en nombre de todos los vecinos.
Cuando el edificio cumple 30 años desde su construcción o rehabilitación integral. A partir de ahí, debe renovarse cada 10 años.
Puedes consultar tu plazo en el calendario oficial en calendario y sanciones de ITE / IEE
Puedes consultarlo en el Registro de ITE del Ayuntamiento de Madrid o solicitar un informe gratuito a través de Obrados.es.
– Informe técnico ITE/IEE
– Declaración responsable del técnico
– Formulario de registro
– En algunos casos, certificado energético o planos actualizados
Generalmente entre 5 y 15 días desde la inspección hasta la entrega del informe al Ayuntamiento, dependiendo del tamaño del edificio y su estado.
El Ayuntamiento o el organismo técnico municipal correspondiente, que valida su registro o solicita subsanaciones si detecta errores.
Se emitirá un informe desfavorable y se deberá ejecutar una obra de reparación en un plazo determinado. Luego, se presenta un certificado de subsanación.
Normalmente, el Ayuntamiento concede 6 meses a 1 año, dependiendo del tipo de deficiencia. En casos urgentes, puede exigir actuaciones inmediatas.
La comunidad o los propietarios del edificio, distribuyendo los gastos según los coeficientes de participación.
El Ayuntamiento puede iniciar un procedimiento sancionador y multar al propietario o comunidad. Además, puede inscribir el incumplimiento en el registro público del edificio.
Las multas varían según la gravedad y el municipio. En Madrid pueden oscilar entre 1.000 € y 6.000 €, aumentando si hay riesgo estructural o reincidencia.
Si lo haces antes de recibir la notificación de sanción, muchos ayuntamientos permiten regularizar la situación sin penalización.
A veces envía recordatorios, pero la obligación recae en el propietario o comunidad, por lo que es importante conocer la fecha límite del edificio.
Se puede solicitar una prórroga o aplazamiento, justificando que las obras corrigen las deficiencias que se revisarían en la inspección.
La voluntaria puede hacerse como mantenimiento o preparación previa. La obligatoria es la que exige el Ayuntamiento cuando el edificio cumple los años establecidos.
En Obrados.es los precios comienzan desde 180 € + IVA, dependiendo del tamaño del inmueble y su localización. Puedes ver precios actualizados en Precios de ITE / IEE.
Sí, presentando alegaciones con justificante de haber solicitado la inspección o aportando la documentación antes del cierre del expediente.
Los de menos de 30 años, las viviendas unifamiliares aisladas y aquellos con IEE reciente que incluya los apartados estructurales exigidos.
Gestión integral del trámite (ITE o IEE)
Comunicación directa con el Ayuntamiento
Precios cerrados y sin sorpresas
Asesoramiento si el resultado es desfavorable
Seguimiento hasta la aprobación definitiva

Evita sanciones y problemas con tu Ayuntamiento realizando la ITE o IEE de tu edificio a tiempo.
En Obrados.es te ofrecemos asesoramiento gratuito, gestión completa del trámite y precios competitivos.
Nos encargamos de todo: inspección, informe técnico, entrega en el registro y seguimiento hasta la resolución final.

