Todo lo que debes saber sobre el Informe de Evaluación de Edificios
Antes de sumergirnos en ¿qué es un IEE? o el Informe de Evaluación del Edificio en Madrid, es fundamental comprender la importancia de este documento. El IEE acredita la situación en la que se encuentran los inmuebles en relación a su estado de conservación, su cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal y su grado de eficiencia energética. Este documento aportara tranquilidad a los vecinos, seguridad y revalorizara el inmueble. Acompáñanos en este recorrido para conocer en detalle la relevancia y los requisitos del IEE en la ciudad de Madrid.
¿Qué es un IEE?
El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) en Madrid es un documento obligatorio para los edificios con una antigüedad igual o superior a 50 años, así como para aquellos que buscan acogerse a ayudas públicas para realizar obras de conservación, accesibilidad o eficiencia energética
Este informe recopila información sobre el estado de conservación, las condiciones de accesibilidad universal y la certificación de eficiencia energética del edificio. Tanto la Inspección Técnica de Edificios (ITE) como el IEE deben renovarse periódicamente, cada 10 años, y deben ser realizados por técnicos facultativos competentes
Estar en posesión de un IEE favorable, es un requisito fundamental para aquellos que buscan obtener subvenciones para obras de mejora en los edificios, y su presentación debe realizarse antes de solicitar dichas ayudas
Importancia del IEE o Informe de Evaluación de Edificios
Ya tenemos claro qué es un IEE, ahora nos enfocaremos en su importancia. El IEE es crucial para garantizar la seguridad, conservación y eficiencia de los edificios en Madrid. Proporciona una evaluación integral que abarca aspectos fundamentales como el estado de las estructuras, las fachadas, las cubiertas, la eficiencia energética y la accesibilidad, lo que contribuye a la mejora de la calidad de vida de los residentes y al cumplimiento de las normativas vigentes
¿Cómo debe pasarse el IEE?
La realización del IEE debe ser llevada a cabo por profesionales cualificados, como arquitectos o arquitectos técnicos, que estén debidamente colegiados. La visita presencial del técnico homologado en la que comprobará los elementos que considere oportunos con el fin de obtener un informe lo más detallado posible. No es posible la realización del IEE de un edificio a distancia.
¿Quieres saber si tu comunidad de vecinos tiene que pasar la ITE-IEE?
¿Diferencias entre el IEE y la ITE?
Al igual que la ITE, el IEE también garantiza la conservación y seguridad del edificio pero ésta última, además, incluye en su informe la evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal, así como el certificado energético, imprescindible para vender o alquilar una casa.
Para evitar duplicidades, la normativa considera que si un edificio ya cuenta con la ITE o el certificado energético en rigor podrán ser añadidos al informe del IEE y completar los requerimientos restantes, siempre y cuando estos hayan sido realizados conforme a unas exigencias iguales o superiores a las que marca la Ley 8/2013, que regula el actual Informe de Evaluación de Edificios.
Es decir, si nuestro edificio ha sido examinado recientemente y se garantizan aspectos como la seguridad y la accesibilidad, y además dispone de certificado energético, no sería necesario realizar la IEE, pasando estos informes a surtir los mismos efectos que la IEE.
Si solo podemos garantizar una parte de las exigencias que plantea la IEE, estas serán añadidas de la misma manera al informe y se procederá a certificar los requisitos restantes.
¿Cuándo debe pasarse la IEE?
Por norma general, a partir de los 50 años de antigüedad todo edificio de carácter residencial de vivienda colectiva está obligado a pasar el IEE, al menos, cada 10 años. No obstante, la normativa permite que sean las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos los que puedan rebajar esta periodicidad si lo consideran oportuno.
También es imprescindible disponer de este informe cuando los propietarios de un edificio pretendan acogerse a ayudas públicas para acometer reformas referentes a la conservación, la accesibilidad o la eficiencia energética del edificio.
¿Qué plazos hay para pasar el IEE?
La normativa establece una serie de plazos que varían según el tipo de edificio. No obstante, hay que señalar que en esta materia la Comunidad Autónoma es la que tiene la última palabra, de modo que los plazos que marca la ley pueden ser modificados, en última instancia, por éstas.
De manera general, los plazos estipulados para cada ocasión son estos:
En edificios de tipología residencial de vivienda colectiva se establece un plazo de 5 años, que empezarán a contar desde el momento que el edificio cumpla los 50 años de edad.
Si el edificio ya cuenta con la ITE en vigor en el momento que alcanza dicha antigüedad y esta fue realizada con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2013 que regula el IEE, la ejecución del Informe de Evaluación de Edificios será aplazada hasta la fecha en la que correspondiese la revisión de la ITE.
Si en cambio, un edificio de más de 50 años tiene la ITE en vigor pero está registrada con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2013 que regula el IEE, los propietarios se verán obligados a pasar el IEE en los aspectos que no contempla la ITE.
En edificios cuyos propietarios soliciten ayudas públicas para obtener mejoras en materia de conservación, accesibilidad o eficiencia energética se requiere el IEE con anterioridad a la petición formal de las subvenciones.
En el resto de edificios habrá que atender a las peculiaridades de las normativas autonómicas o municipales que correspondan. Estas pueden discriminar y establecer plazos específicos a edificios en función de su antigüedad, tipología, ubicación o uso predominante.
¿Qué pasa si se incumplen los plazos?
Si eludimos la obligación de realizar el IEE en nuestro edificio en los casos y plazos estipulados corremos el riesgo de incurrir en una infracción urbanística, con todo lo que ello conlleva.
¿Cuánto dinero cuesta pasar una IEE?
Se trata de un mercado libre en el que los precios son regulados en función de la competencia y los costes fijos de cada caso. Te podemos orientar con nuestros precios de ITE-IEE.
De la misma manera que en la Inspección Técnica de Edificios (ITE) , el precio final del informe vendrá marcado por la superficie construida del inmueble examinado, su antigüedad y otros datos particulares del edificio como su número de plantas.
La diferencia en el precio respecto a la ITE estará fundamentada en las revisiones especificas dirigidas a comprobar las condiciones básicas de accesibilidad y a la obtención del certificado de eficiencia energética.